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Capítulo
II - De los propósitos y
objetivos
ART.
6º. - La FEPPEN tiene como propósitos:
I -
Promover el desarrollo científico, político,
económico y social de la profesión y de las
trabajadoras de enfermería en la Región.
II -
Definir directrices, objetivos y metas que
favorezcan el trabajo solidario y cooperativo de
las organizaciones afiliadas.
III
- Defender el derecho a la salud y a la seguridad
social en los países de la Región.
ART.
7º. - La FEPPEN tiene como objetivos:
I -
Estimular el desarrollo y el fortalecimiento de
las organizaciones de profesionales de enfermería
afiliadas.
II -
Definir estrategias que estimulen la afiliación de
las organizaciones de profesionales de enfermería
de la Región.
III
- Organizar, realizar y coordinar actividades,
programas y proyectos dirigidos a las
profesionales de enfermería asociadas a las
Organizaciones Miembros con miras al desarrollo
técnico, científico y político de la enfermería en
la Región.
IV -
Representar a las organizaciones afiliadas.
V -
Analizar las características de la profesión, las
condiciones de ejercicio profesional y trabajo en
los países de la Región con la finalidad de
proponer y llevar a cabo programas conjuntos de
acción para enfrentar los problemas y demandas
identificados.
VI -
Proponer acciones y estrategias que impulsen la
reglamentación del ejercicio profesional en los
países de la Región.
VII
- Proponer parámetros y directrices para la
formación y la calificación en el área de
enfermería.
VIII
- Fomentar la asociación y la solidaridad entre
las organizaciones afiliadas y las profesionales
de enfermería a través del intercambio de
experiencias que resulten en el reconocimiento de
la profesión en cada país de la Región.
IX -
Divulgar las actividades científicas, sociales y
culturales de la FEPPEN y asuntos de interés de
las profesionales de enfermería a través de un
órgano de publicación propio.
X -
Respaldar las socias individuales de las
organizaciones afiliadas que se vean obligadas a
abandonar su país, nacionalidad o domicilio.
XI -
Asesorar a las organizaciones afiliadas, cuando se
le solicite.
XII
- Estimular a las organizaciones afiliadas a
participar en la planificación, desarrollo y
evaluación de las políticas nacionales de salud.
Párrafo
Único - Para cumplir sus objetivos la FEPPEN podrá
firmar acuerdos, contratos y convenios.
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