FEDERACIÓN PANAMERICANA DE PROFESIONALES DE ENFERMERÍA

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Índice

 

Alemania

    personal de enfermería y nazismo, 4

Australia

    menor de edad en huelga de hambre, 48
    personal de enfermería y castigos tradicionales, 53
    personal de enfermería y defensa de solicitantes de asilo, 101
    personal de enfermería y solicitantes de asilo detenidos, 85
    presos y trastornos mentales, 46

Brasil

    comercio de órganos, 55

Bulgaria

    condiciones en residencias sociales del Estado, 95

Camboya

    gripe aviar, 80

Canadá

    enfermera activista de los derechos humanos, 73
    enfermera crea centro de inyecciones seguras, 73
    impacto del SRAG en el personal de enfermería, 81
    profesionales de la enfermería piden más formación sobre el VIH, 72
    violencia contra el personal de enfermería, 17

China

    epidemia de VIH, 79
    gripe aviar, 80
    política de planificación familiar, 31

Corte Penal Internacional, 26
Eslovaquia

    esterilización no consentida, 30

Estados Unidos

    huelgas de hambre en Guantánamo, 49
    huracán Katrina, 83
    inmovilización de presas, 45
    papel del personal de enfermería en ejecuciones, 51
    posición de la AEA sobre enfermería y ejecuciones, 51
    violencia en el ámbito familiar, 32

Guatemala

    participación del personal de enfermería en una ejecución, 52

India

    comercio de órganos, 55
    el derecho a la salud es un derecho constitucional, 60
    pruebas de virginidad, 38

Indonesia

    gripe aviar, 80

Irak

    abusos en Abu Ghraib, 23

Israel

    trasplantes de riñón, 55

Israel y los Territorios Ocupados

    enfermera muerta en servicio, 16

Jamaica

    hostilidad hacia educadores en VIH, 75

Japón

    personal de enfermería y burnout, 68

Kazajistán

    discriminación contra la población reclusa con VIH, 74

Kenia

    medicalización de la mutilación genital femenina, 37
    personal de enfermería y prisiones, 44
    taller sobre defensa para personal de enfermería, 100

Kosovo

    abusos contra personas con discapacidad mental, 96

Kuwait

    violencia contra el personal de enfermería, 18

Libia

    enfermeras búlgaras en prisión, 100
    enfermeras búlgaras enjuiciadas por infección deliberada, 71

Mauricio

    emigración de personal de enfermería, 89

Moldavia

    comercio de órganos, 55

Myanmar

    campos para refugiados, 84

Nicaragua

    el personal de enfermería recaba datos forenses, 27

Objetivos de Desarrollo del Milenio, 65
Oficina Internacional del Trabajo

    recomendaciones sobre el SRAG, 82

ONUSIDA

    prevención del VIH entre drogadictos, 73
    y asistencia innovadora para el VIH, 75

Organización Internacional del Trabajo

    personal de enfermería y VIH/sida, 77
    y trata de personas, 34

Organización Mundial de la Salud, 68

    definición de comunidad saludable, 105
    entrevistas con mujeres objeto de trata, 35
    estudio global de la tuberculosis, 78
    Informe mundial sobre la violencia y la salud (nota), 32
    personal de enfermería y VIH/sida, 77
    posible propagación de la gripe aviar, 80
    prevalencia del VIH, 69
    tuberculosys y estrategias de tratamiento directamente observado, 79

Organización Panamericana de la Salud

    reducción de la estigmatización relacionada con el VIH, 71

Pakistán

    venta de riñones, 54

Perú

    programa de esterilización del gobierno, 29

Physicians for Human Rights

    taller para profesionales de la enfermería, 44

Portugal

    proyecto para apoyar a profesionales de la enfermería refugiados, 87

Reino Unido

    aprovechamiento de la formación de enfermeras y enfermeros refugiados, 88
    código de conducta para la contratación de personal sanitario, 91
    presos y trastornos mentales, 46
    registros corporales íntimos, 43
    violencia contra el personal de enfermería, 17
    violencia en el ámbito familiar, 26

Rusia

    malos tratos al personal de salud, Chechenia, 15
    medidas para reducir el consumo de drogas, 73

Sudáfrica

    la Constitución protege el derecho a la salud, 60
    personal de enfermería, valores culturales y violencia, 25
    personal de salud y VIH, 77
    profesionales de la salud y apartheid, 6
    pruebas de virginidad, 38
    violencia de género y valores culturales del personal de enfermería, 63

Sudán

    homicidios de personal de salud, 15
    violación en conflictos, 28

Tailandia

    gripe aviar, 80
    trabajo de personal de enfermería en campos para refugiados, 28

Taiwán

    Congreso del CIE en 2005, 91
    renuncias de profesionales de la salud durante brote del SARG, 81

Turquía

    homicidios por motivos de honor, 40
    pruebas de virginidad, 38, 63

Ucrania

    medidas para reducir el consumo de drogas, 73

UNESCO

    recomendaciones sobre educación en derechos humanos, 102

UNICEF

    definición de matrimonio precoz, 40

Vietnam

    gripe aviar, 80
    infección humana con gripe aviar, 80

Zambia

    personal de enfermería y sensibilización sobre el VIH, 76



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(1) Consejo Internacional de Enfermeras (CIE). Las enfermeras y los derechos humanos, Ginebra, 1998. Disponible en http://www.icn.ch/pshumrightsp.htm. Consultado el 9 de mayo de 2006.

(2) En este documento, el término «enfermera» o «enfermero» se refiere a la persona «que ha terminado un programa de formación de enfermería y está calificada y autorizada para ejercer como enfermera [o enfermero] en su país» (Constitución del CIE, art. 6). Se indicarán los casos en los que se emplee el término con un significado diferente. «Partera» o «partero» se utiliza con el significado que recoge la definición elaborada por la Confederación Internacional de Matronas (ICM) y la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (FIGO), que hace hincapié en la formación y el registro del personal de partería, así como en la supervisión, el cuidado y el asesoramiento a las mujeres durante el embarazo y el parto, y en la atención a la madre y al recién nacido tras el alumbramiento. Véase http://www.internationalmidwives.org/pdf/ICM%20Definition%20of%20the%20Midwife%202005-SPA.pdf . El presente documento actualiza y amplía un estudio anterior sobre el mismo tema publicado por Amnistía Internacional en 1997. Véanse Nurses and Human Rights, Londres, Índice AI: ACT 75/002/1997, y una breve declaración pública más reciente sobre este asunto: Amnistía Internacional pide que profesionales de la enfermería y comadronas desempeñen un papel más enérgico en el ámbito de los derechos humanos, Londres, Índice AI: ACT 75/002/2005.

(3) La declaración de la misión de Amnistía Internacional está disponible en línea en http://web.amnesty.org/pages/aboutai-statute-esl

(4) Amnistía Internacional, Nurses and Human Rights, Índice AI: ACT 75/002/1997. Disponible en http://web.amnesty.org/library/index/engact750021997.

(5) Véanse, por ejemplo, el Centro Británico de Historia de la Enfermería y la Partería, http://www.ukchnm.org/; y el Centro Barbara Bates para el Estudio de la Historia de la Enfermería, http://www.nursing.upenn.edu/history/.

(6) Ambas relataron sus experiencias. Véanse Nightingale F. Notes on Nursing: What it is and What it is Not. Lippincott Williams y Wilkins: Filadelfia, 1992 [primera edición: 1860]. Seacole M. Wonderful Adventures of Mrs Seacole in Many Lands. Harmondsworth: Penguin, 2005 [primera edición: 1857]. Puede obtenerse más información sobre Florence Nightingale en la página web del Museo Florence Nightingale: http://www.florence-nightingale.co.uk/.

(7) Oates SB. A Woman of Valor: Clara Barton and the Civil War. Nueva York: Free Press, 1994.

(8) Véase Annas GJ, Grodin MA (eds.). The Nazi Doctors and the Nuremberg Code: Human Rights in Human Experimentation. Oxford University Press, 1995.

(9) Véanse, por ejemplo, Lifton RJ. The Nazi Doctors: Medical Killing and the Psychology of Genocide. Nueva York: Basic Books; Proctor R. Racial Hygiene: Medicine under the Nazis. Cambridge: Harvard University Press, 1988.

(10) Entre los artículos y libros publicados en inglés, cabe mencionar: Benedict S. Killing while caring: the nurses of Hadamar. Issues in Mental Health Nursing 2003; 24:59-79; Benedict S. The nadir of nursing: nurse-perpetrators of the Ravensbruck concentration camp. Nursing History Review 2003; 11:129-46; Hoskins SA. Nurses and national socialism – a moral dilemma: one historical example of a route to euthanasia. Nursing Ethics 2005; 12(1):79-91; McFarland-Icke B. Nurses in Nazi Germany: Moral Choice in History. Princeton: Princeton University Press, 1999; Steppe H. Nursing in the Third Reich. History of Nursing Society Journal 1991;3:21-37.

(11) McFarland-Icke (véase la nota supra), p. 257.

(12) McFarland-Icke. p. 257.

(13) Estas citas de dos enfermeras y las dos citas que aparecen infra se han extraído de Benedict S, Kuhla J. Nurses’ participation in the euthanasia programs of Nazi Germany. Western Journal of Nursing Research 1999; 21: 246-263. A su vez, estas citas fueron extraídas de Ebbinghaus A. Opfer und Taterinnen [Víctimas y perpetradoras] Donauwörth: Delphi Politik, 1987.

(14) Citado en Mcfarlane-Icke, p. 211.

(15) Citado en ibíd. p. 239.

(16) Ibíd., p. 262.

(17) Steppe H. Nursing in Nazi Germany. Western Journal of Nursing Research 1992; 14:744-53.

(18) Steppe H. Nursing under totalitarian regimes: the case of National Socialism. En Rafferby A, Robinson J, Elkan R (eds.). Nursing History and the Politics of Welfare. Londres: Routledge, 1997; Benedict S. Maria Stromberger: a nurse in the resistance in Auschwitz. Nursing History Review 2006;14:189-202.

(19) Shields L. Report on: Complicity and compassion: the first international conference on nursing and midwifery in the Third Reich, 10-11 de junio de 2004, Limerick, República de Irlanda. Nursing Ethics 2005;12:106-7. En cambio, parece haber poca investigación disponible sobre la participación de personal de enfermería en el programa de investigación biológica realizado en Japón antes y en el transcurso de la Segunda Guerra Mundial. Para obtener información acerca de este programa, véase Harris SH. Factories of Death: Japanese Biological Warfare, 1932-45 and the American Cover-Up. Edición revisada. Nueva York: Routledge, 2002.

(20) Baldwin-Ravaven L, de Gruchy J, London L. An Ambulance of the Wrong Colour: health professionals, Human Rights and Ethics in South Africa. Ciudad del Cabo: University of Cape Town Press, 1999. Véase también el Informe final de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación de Sudáfrica (Final Report of the Truth and Reconciliation Commission of South Africa), volumen 5. Audiencias relativas al sector de la salud. Ciudad del Cabo: TRC, 1998.

(21) Existe un conflicto de lealtades cuando una persona ha de asumir obligaciones –a menudo, contrapuestas– que provienen de dos partes interesadas simultáneamente. En el ámbito de la medicina, estas partes son normalmente el paciente y un tercero, como el empleador o el gobierno. Physicians for Human Rights, Universidad de Ciudad del Cabo. Dual Loyalty & Human Rights in Health Professional Practice: Proposed Guidelines & Institutional Mechanisms. Boston: Physicians for Human Rights, 2002. Disponible en http://www.phrusa.org/healthrights/dual_loyalty.html. Consultado el 15 de mayo de 2006.

(22) En la definición de una profesión, es importante tener en cuenta que «ejercer una profesión requiere un conocimiento y una formación específicos» y que «otras personas son particularmente vulnerables o dependientes de la práctica del profesional en la relación que se crea». Véase Fullinwinder RK. Professional codes and moral understanding. En Coady M, Bloch S (eds.) Codes of Ethics and the Professions. Melbourne: Melbourne University Press, pp. 72-87 [citas p. 73].

(23) Véase el apéndice 2.

(24) Tschudin V. Nurses Matter: Reclaiming Our Professional Identity. Palgrave Macmillan, 1999.

(25) Véase, por ejemplo, Departamento de Comercio e Industria del Reino Unido. Unidad de Mujeres e Igualdad. Women and men in the workplace, January 2005 Disponible en http://www.womenandequalityunit.gov.uk/research/index.htm. Consultado el 13 de mayo de 2005.

(26) Whittock M, Edwards C, McLaren S, Robinson O. ‘The tender trap’: gender, part-time nursing and the effects of 'family-friendly' policies on career advancement. Sociology of Health & Illness 2002; 24: 305. Véase también el apartado 3.2, «Violencia contra el personal de enfermería y partería en el lugar de trabajo».

(27) Davies C. Gender and the Professional Predicament in Nursing. Maidenhead: Open University Press, 1995.

(28) Véase, por ejemplo, Bandman E, Bandman B. Nursing Ethics Through the Life Span, 4ª edición. Prentice Hall, 2002; Benjamin M, Curtis J. Ethics in Nursing. Oxford University Press, 1995; Jameton A. Nursing Practice: The Ethical Issues. Englewood Cliffs, NJ: Prentice-Hall, 1984; Rumbold G. Ethics in Nursing Practice. Bailliere Tindall 1999; Thompson IE, Melia KM., Boyd KM. Nursing Ethics. Churchill Livingstone, 2000; Tschudin V. Ethics in Nursing: The Caring Relationship. Butterworth Heinemann, 2003.

(29) Además de los códigos internacionales del CIE y de la Confederación Internacional de Matronas, existen códigos nacionales, como los de colegios de enfermería de Australia (disponibles en http://www.anf.org.au/. Véase el apartado «ANF Policies»); Canadá (disponible en http://cna-aiic.ca/CNA/documents/pdf/publications/PS71_Code_ethics_RN_June_2004_e.pdf); Estados Unidos (disponible en http://www.ana.org/ethics/code/protected_nwcoe303.htm); Maldivas (disponible en http://www.maldivesnursingcouncil.gov.mv/codeof.html) y organizaciones provinciales, como el Colegio de Enfermeras y Enfermeros de Quebec (disponible en http://www.oiiq.org/infirmieres/lois_reglements_pdf/deontologie.pdf). En Filipinas se aprobó en 2002 una ley que establece varios aspectos de la regulación de la enfermería. Ley de la República Núm. 9173 de 21 de octubre de 2002, disponible en http://www.lawphil.net/statutes/repacts/ra2002/ra_9173_2002.html. Consultado el 13 de octubre de 2005. Para obtener información sobre legislación relativa a la enfermería en Sudáfrica (Ley de Enfermería, 1978, modificada) véase http://www.sanc.co.za/pdf/Nursing%20Act%2013.1.pdf. En el momento de redacción del presente documento, se debate un nuevo proyecto de ley destinado a regular el sector de la enfermería (B26-2005). Véase Nursing Bill. Government Gazette Núm. 27904, de 12 de agosto de 2005. Disponible en

http://www.polity.org.za/pdf/NursingBill26.pdf. Véanse los comentarios de la Organización Democrática de Enfermería de Sudáfrica sobre el nuevo proyecto de ley en http://www.denosa.org.za/index.php?option=com_content&task=view&id=56&Itemid=2 (consultado el 20 de febrero de 2006), así como las observaciones del Proyecto Jurídico SIDA en su página web http://www.alp.org.za/ (consultado el 14 de octubre de 2005).

(30) CIE. Código deontológico del CIE para la profesión de enfermería. Adoptado en 1953, revisado en 2000. Disponible en http://www.icn.ch/icncodesp.pdf. Consultado el 19 de mayo de 2005.

(31) Ministerio australiano de Educación, Ciencia y Tecnología. National Review of Nursing Education 2002: Our Duty of Care. Canberra, 2002. Disponible en http://www.dest.gov.au/archive/highered/nursing/pubs/duty_of_care/default.html. Consultado el 29 de mayo de 2005.

(32) Véase el análisis que figura en Annas y Grodin, nota 8.

(33) Código deontológico del CIE para la profesión de enfermería. Véase la nota 30.

(34) The Report of the Public Inquiry into children’s heart surgery at the Bristol Royal Infirmary 1984-1995: Learning from Bristol. (Cm 5207). The Stationery Office.. Julio de 2001. Recomendaciones 24 y 25, p. 440. Disponible en http://www.bristol-inquiry.org.uk/.

(35) Coliver S. The right to information necessary for reproductive health and choice under international law. En Coliver S (ed.). The Right to Know: Human Rights and Access to Reproductive Health Information. University of Pennsylvannia Press, 1995.

(36) Código deontológico del CIE para la profesión de enfermería (véase la nota 30).

(37) La confidencialidad y la prevención del daño han estado en el punto de mira de los debates sobre la obligatoriedad de informar de la violencia contra las mujeres en el ámbito familiar, y los argumentos que se esgrimen a ambos lados de la balanza son, por una parte, el derecho de las mujeres a la confidencialidad y, por otra, la necesidad de exponer y abordar la violencia contra las mujeres. Véase el tratamiento de este asunto en el apartado 4.2.2, «Personal de enfermería y partería y violencia en el ámbito familiar».

(38) Este principio se hace patente en la sentencia del asunto Z v Finland de 1998 (25 European Human Rights Review 37), en la que el Tribunal Europeo decidió que «la divulgación de la identidad y condición médica del demandante por parte del Tribunal de Apelación de Helsinki constituyó una infracción del artículo 8» del Convenio Europeo, que protege «la vida privada y familiar». En su fallo, el Tribunal Europeo afirmó que «tomará en consideración que la protección de los datos personales y, en particular, de la información médica, es primordial para el disfrute de una persona de su derecho a que se respete su vida privada y familiar, tal como garantiza el artículo 8 del Convenio. El respeto a la confidencialidad de los datos relativos a la salud es un principio vital en los ordenamientos jurídicos de todos los Estados Contratantes en el Convenio. Es crucial no sólo respetar la privacidad del paciente, sino también preservar su confianza en la profesión médica y en los servicios de salud en general. La ausencia de tal protección podría disuadir a las personas que necesitan asistencia médica y que han de revelar información personal e íntima, necesaria para recibir el tratamiento adecuado, de acudir a los servicios sanitarios, por lo que pondrían en peligro su propia salud y, en el caso de enfermedades transmisibles, la salud de la comunidad. […] Por tanto, las legislaciones nacionales deberán ofrecer las salvaguardas adecuadas para que no se produzca tal comunicación o divulgación de datos personales relativos a la salud cuando sea incompatible con las garantías que establece el artículo 8 del Convenio». [Sentencia, párr. 95]

(39) Convenio Europeo de Derechos Humanos, art. 8.2.

Disponible en http://www.echr.coe.int/NR/rdonlyres/1101E77A-C8E1-493F-809D-800CBD20E595/0/SpanishEspagnol.pdf . Consultado el 9 de mayo de 2006.

(40) Woogara, J. Human rights and patients’ privacy in UK hospitals. Nursing Ethics 2001; 8 (3): 234-46.

(41) Ibíd.

(42) Código deontológico del CIE para la profesión de enfermería. Véase la nota 30. La importancia del respeto por la dignidad humana queda subrayada en la Declaración Universal de Derechos Humanos que, en su artículo 1, afirma que «todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos» y en los Convenios de Ginebra, que prohíben los «atentados contra la dignidad personal, especialmente los tratos humillantes y degradantes». (Convenio de Ginebra I, art. 3.1.c.) Existen asimismo otras normas humanitarias y de derechos humanos que ponen de relieve el respeto por la dignidad humana.

(43) La Constitución de Sudáfrica está disponible en http://www.polity.org.za/html/govdocs/constitution/saconst.html. Consultado el 12 de mayo de 2006. Diversas sentencias del Tribunal Constitucional de Sudáfrica han hecho hincapié en esta disposición constitucional. Por ejemplo, en el caso National Coalition for Gay and Lesbian Equality and another v Minister of Justice and others (CCT 11/98, sentencia dictada el 9 de octubre de 1998), el juez Sachs reiteró la jurisprudencia del Tribunal sobre la trascendencia de la dignidad y de la autoestima para la noción de igualdad. Véase la sentencia del caso en http://www.constitutionalcourt.org.za/Archimages/2076.PDF. Consultado el 12 de mayo de 2006.

(44) La «dignidad» también puede entenderse en un sentido que socava los derechos individuales como, por ejemplo, cuando se equipara al cumplimiento por parte de la mujer de las expectativas sobre sexualidad y cuestiones de género relacionadas con el «honor» de la familia. Esta acepción conservadora de «dignidad» no se refleja en la ética de la enfermería ni de otras profesiones afines.

(45) Walsh K, Kowanko I. Nurses’ and patients’ perceptions of dignity. International Journal of Nursing Practice 2002; 8:3 143-51.

(46) Ibíd.

(47) UNESCO. Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos. Adoptada el 11 de noviembre de 1997. Disponible en

http://portal.unesco.org/es/ev.php-URL_ID=13177&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html. La UNESCO adoptó posteriormente la Declaración Internacional sobre los Datos Genéticos Humanos (2003). Disponible en

http://portal.unesco.org/es/ev.php-URL_ID=17720&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html.

(48) Anderson G, Rorty MV. Key points for developing an international declaration on nursing, human rights, human genetics and public health policy. Nursing Ethics 2001; 8:259-71.

(49) Estos y otros documentos de posición están disponibles en el sitio web de la Sociedad Internacional de Enfermería Genética http://www.isong.org/about/position.cfm. Consultado el 24 de mayo de 2005.

(50) Oulton J. Inside view. International Nursing Review 2002, pp. 207-8. «Sabemos cuánto trabajo es preciso llevar a cabo para satisfacer las necesidades sanitarias de la población mundial y sabemos también que el personal de enfermería y partería podría realizar una enorme contribución a esta labor. Para que esto ocurra, es necesario que haya una presencia fuerte de profesionales de este gremio en la sede de la OMS y en las oficinas regionales. Por ello, los representantes de este sector comparten el objetivo de lograr que la OMS emplee un número suficiente de profesionales de la enfermería y la partería cualificados, una situación que no existe por el momento […]»

(51) OMS. Orientaciones estratégicas para el fortalecimiento de los servicios de enfermería y partería 2002-2008. Ginebra: OMS, 2002. Disponible en http://www.who.int/entity/hrh/nursing_midwifery/strategic_directions_es.pdf.

(52) Ibíd.

(53) Fry ST, Harvey RM, Hurley AC, Foley BJ. Development of a model of moral distress in military nursing. Nursing Ethics 2002; 9:373-87.

(54) Véase Amnistía Internacional. Perseguidos por curar:Violaciones de derechos humanos contra los profesionales de la salud. Londres: ACT 75/002/2000. Disponible en http://web.amnesty.org/library/index/eslACT750022000?open&of=esl-376.

(55) Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), Sudan: Two Red Crescent staff members killed. Comunicado de prensa, 4 de mayo de 2005. Véase http://www.icrc.org/Web/Eng/siteeng0.nsf/html/6C3LJQ. Consultado el 9 de mayo de 2006.

(56) Human Rights Watch. Russian Federation. Serious Violations of Women's Human Rights in Chechnya. [A Submission] To Members of the Committee on the Elimination of Discrimination against Women. Nueva York: HRW, enero de 2002. Disponible en http://www.hrw.org/backgrounder/eca/chechnya_women.htm. Consultado el 17 de enero de 2006.

(57) Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de Agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional (Protocolo II), art. 4.2.e. Disponible en http://www.unhchr.ch/spanish/html/menu3/b/94_sp.htm. Consultado el 9 de mayo de 2006.

(58) Ibíd., art. 9.1.

(59) Human Rights Watch. Jenin: IDF Military Operations. Nueva York, mayo de 2002, p. 14.

(60) Véase OIT. Programa conjunto: nueva iniciativa contra la violencia laboral en el sector de la salud. Comunicado de prensa, ILO/02/49, 24 de octubre de 2002. Véase también Cooper CL, Swanson N. Workplace violence in the health sector. State of the Art. Ginebra: OIT, OMS, CIE, ISP, 2002; y di Martino V. Country case studies: Synthesis report. Ginebra: OIT, OMS, CIE, ISP, 2002.

(61) CIE. La Enfermería importa: La violencia – Epidemia mundial. Disponible en http://www.icn.ch/matters_violencesp.htm.

(62) CIE. Ibíd.

(63) Crilly J, Chaboyer W, Creedy D. Violence towards emergency department nurses by patients. Accident and Emergency Nursing 2004; 12: 67-73; Henderson AD. Nurses and workplace violence: nurses' experiences of verbal and physical abuse at work. Canadian Journal of Nursing Leadership 2003;16(4):82-98; Gerberich SG, Church TR, McGovern PM et al. Risk factors for work-related assaults on nurses. Epidemiology 2005;16(5):704-9. McPhaul K, Lipscomb J. Workplace violence in health care: recognized but not regulated. Online Journal of Issues in Nursing. 30 de septiembre de 2004 9(3), Manuscript 6. Disponible en www.nursingworld.org/ojin/topic25/tpc25_6.htm. Consultado el 15 de febrero de 2006.

(64) CIE. Véase la nota 61.

(65) ‘Quarter of nurses consider quitting over attacks by patients’. The Guardian, 3 de octubre de 2005. Disponible en http://society.guardian.co.uk/health/news/0,8363,1583863,00.html.

(66) Comunicado de prensa del Servicio Nacional de Salud (NHS). New Measures to Tackle Violence against Staff in Mental Health and Learning Disability Services. 19 de octubre de 2005. Asimismo, se anunció un programa para abordar la violencia contra el personal de primera línea de atención al paciente. Servicio de Gestión de Seguridad del NHS. Disponible en http://www.cfsms.nhs.uk/pub/cfsms/newsreleases.html.

(67) Duncan SM, Hyndman K, Estabrooks CA et al. Nurses experiences of violence in Alberta and British Columbian hospitals. Canadian Journal of Nursing Research 2001; 32 (4):57-78.

(68) Adib S, Al-Shatti A, Kamal S, et al. Violence against nurses in healthcare facilities in Kuwait. International Journal of Nursing Studies 2002; 39: 469-78

(69) Véase, por ejemplo, [Sindicato de Enfermería de Queensland. Zero Tolerance to Violence. 2001. Disponible en http://www.qnu.org.au/about_qnu/occupational_health_and_safety/zero_tolerance_to_violence. Consultado el 13 de mayo de 2005; BBC. Nurses want 'zero tolerance' on violence. Noticias en línea de la BBC, 9 de marzo de 1999. Disponible en http://news.bbc.co.uk/2/hi/health/292454.stm. Consultado el 13 de mayo de 2005.

(70) CIE. Véase la nota 61.

(71) Bronner G, Peretz C, Ehrenfeld M. Sexual harassment of nurses and nursing students. Journal of Advanced Nursing 2003;42:637-44; Celik SS, Bayraktar N. A study of nursing student abuse in Turkey. Journal of Nursing Education 2004;43:330-6; Valente SM, Bullough V. Sexual harassment of nurses in the workplace. Journal of Nursing Care Quality. 2004; 19:234-41; Ramanathan M, Sarma PS, Sukanya R, Viswan SP. Sexual harassment in the work place: lessons from a web-based survey. Indian Journal of Medical Ethics 2005; 1147-50.

(72) Véase, por ejemplo: Declaración de posición del CIE: Abuso y violencia contra el personal de enfermería. Disponible en http://www.icn.ch/psviolence00sp.htm); Asociación de Enfermería del estado de Nueva York. Nursing Advocacy and Information: Position statements. Sexual Harassment in the Workplace. Disponible en http://www.nysna.org/programs/nai/practice/positions/position35.htm.

(73) CIE. Declaración de posición: Abuso y violencia contra el personal de enfermería. Disponible en http://www.icn.ch/psviolence00sp.htm. Consultado el 4 de octubre de 2005.

(74) OIT, CIE, OMS, ISP. Directrices Marco para Afrontar la Violencia Laboral en el Sector de la Salud. Ginebra, 2002, p. 17. Disponible en http://www.icn.ch/SewWorkplace/WViolence.es15Feb_03Fin.pdf. Consultado el 14 de mayo de 2006.

(75) Ibíd.

(76) Amnistía Internacional. Report on Torture. Londres: Duckworth, 1973; Amnistía Internacional. Torture in the Eighties, Londres: AI, 1984. Si se desea consultar un estudio exhaustivo de la tortura y los malos tratos y su prohibición por el derecho internacional, véase Amnistía Internacional. Contra la tortura: Manual de acción. Madrid, 2003. Disponible en http://web.amnesty.org/pages/stoptorture-manual-index-esl.

(77) Amnistía Internacional. Ethical codes and declarations relevant to the health professions. Londres: AI, 2000.

(78) Amnistía Internacional. Implicaciones del personal médico en los abusos contra presos y detenidos. Londres, Índice AI: ACT 75/005/1990, 1990 ; Asociación Médica Británica. Medicine Betrayed. Londres: Zed Books, 1992.

(79) Regina v Bartle. Cámara de los Lores, 24 de marzo de 1999, en el caso del general Augusto Pinochet. Disponible en http://www.parliament.the-stationery-office.co.uk/pa/ld199899/ldjudgmt/jd990324/pino1.htm.

(80) Para obtener las definiciones de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, véase el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, arts. 7 y 8. El Estatuto está disponible en http://www.un.org/law/icc/statute/spanish/rome_statute(s).pdf.

(81) ONU. Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (1984; entrada en vigor el 26 de junio de 1987).

(82) Amnistía Internacional. Informe 2005: El estado de los derechos humanos en el mundo. Disponible en http://web.amnesty.org/report2005/index-esl. Consultado el 24 de mazo de 2006.

(83) Ibíd.

(84) Amnistía Internacional. Estados Unidos: Motivos de preocupación de Amnistía Internacional respecto a las detenciones posteriores al 11 de septiembre en Estados Unidos. AMR 51/044/2002; Estados Unidos: Excluidos de la protección de la ley: Actualización del memorándum enviado al gobierno estadounidense en abril de 2002 sobre los derechos de las personas que están bajo la custodia de Estados Unidos en Guantánamo y en otros lugares. AMR 51/184/2002; USA: Human dignity denied: Torture and accountability in the 'war on terror'. AMR 51/145/2004; USA: Guantánamo and beyond: The continuing pursuit of unchecked executive power. AMR 51/063/2005. Éstos y otros informes relacionados están disponibles en http://web.amnesty.org/pages/guantanamobay-library-eng.

(85) Principios de Ética Médica aplicables a la función del personal de salud, especialmente los médicos, en la protección de personas presas y detenidas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Adoptados por la Asamblea General de la ONU en su Resolución 37/194, de 18 de diciembre de 1982. (Principio 2). http://www.unhchr.ch/spanish/html/menu3/b/h_comp40_sp.htm. Consultado el 30 de septiembre de 2005.

(86) CIE. Declaración de posición: La tortura, la pena de muerte y la participación de la enfermera en las ejecuciones. Adoptada en 1998. Disponible en http://www.icn.ch/pstorturesp.htm. Consultado el 21 de mazo de 2006.

(87) Véanse, por ejemplo, Amnistía Internacional. Implicaciones del personal médico en los abusos contra presos y detenidos, Índice AI: ACT 75/005/1990, 1990; Asociación Médica Británica. Medicine Betrayed. Londres: BMA, 1992; Lucas T, Pross C. Caught between conscience and complicity: human rights violations and the health professions. Medicine and Global Survival 1995; 2:106-14.

(88) Véase Physicians for Human Rights y Universidad de Ciudad del Cabo. Dual Loyalty and Human Rights in Health Professional Practice: Proposed Guidelines and Institutional Mechanisms. Boston: PHR, 2002.

(89) Hall P. Doctors and the war on terrorism [editorial]. BMJ 2004;329:66.

(90) Taguba Report: On Treatment of Abu Ghraib prisoners in Iraq; Article 15- 6 investigation of the 800th Military Police Brigade. Sin fechar [2004]. Disponible en http://news.findlaw.com/hdocs/docs/iraq/tagubarpt.html. Véase también: Amnistía Internacional. An open letter to President George W. Bush on the question of torture and cruel, inhuman or degrading treatment, AMR 51/078/2004, 7 de mayo de 2004, disponible en http://web.amnesty.org/library/Index/ENGAMR510782004; Más allá de Abu Ghraib: reclusión y tortura en Irak. MDE 14/001/2006, 6 de marzo de 2006.

Disponible en http://web.amnesty.org/library/index/eslMDE140012006?open&of=esl-IRQ.

(91) Miles S. Abu Ghraib: its legacy for military medicine. Lancet 2004; 364: 725-9.

(92) Mason DJ. ‘The dogs that did not bark’. Why torture is relevant to all nurses. AJN 2004; 104:11.

(93) Véanse Red de Profesionales de la Salud de Amnistía Internacional www.amnesty.org/health; Physicians for Human Rights www.phrusa.org; Consejo Internacional de Rehabilitación de Victimas de Tortura www.irct.org.

(94) Amnistía Internacional. Ethical Codes and Declarations Relevant to the Health Professions. Cuarta edición revisada. Londres: Amnesty International Publications, 2000.

(95) Baþoðlu M (ed.). Torture and its Consequences: Current Treatment Approaches. Cambridge: Cambridge University Press, 1992; Hermansson AC, Timpka T, Thyberg M. The long-term impact of torture on the mental health of war-wounded refugees: findings and implications for nursing programmes. Scandinavian Journal of Caring Sciences 2003;17:317-24; Jacobsen L, Smidt-Nielsen K. Torture Survivors - Trauma and Rehabilitation. Copenhague: IRCT 1997; Jaranson J, Popkin MJ (eds.). Caring for Victims of Torture. American Psychiatric Publishing, 1998; Peel M, Iacopino V (eds.). The Medical Documentation of Torture, Londres, Greenwich Medical Media, 2002; Randall GR, Lutz E. Serving Survivors of Torture: A Practical Manual for Health Professionals and Other Service Providers. Washington, DC: Asociación Estadounidense para el Progreso de la Ciencia, 1991; Wilson JP, Drozdek B (eds.). Broken Spirits: the treatment of traumatized asylum seekers, refugees, war and torture victims. Nueva York: Brunner-Routledge, 2004;

(96) Eisenman DP, Keller AS, Kim G. Survivors of torture in a general medical setting: how often have patients been tortured, and how often is it missed? Western Journal of Medicine 2000;172:301-4; Miller JL. Post-traumatic stress disorder in primary care practice. Journal of the American Academy of Nurse Practitioners. 2000; 12:475-82.

(97) Glittenberg J. The tragedy of torture: a global concern for mental health nursing. Issues in Mental Health Nursing 2003; 24(6-7):627-638; Miles S. Abu Ghraib: Its legacy for military medicine. Lancet 2004;364:725-729.

(98) CIE. La función de la enfermera en los cuidados a los prisioneros y detenidos, 1998. Disponible en http://www.icn.ch/psdetaineesp.htm.

(99) Editorial. How complicit are doctors in abuses of detainees? Lancet 2004; 364: 725-9.

(100) Wilks M. A stain on medical ethics. Lancet 2005; 366: 429-31.

(101) Véase, por ejemplo, Amnistía Internacional. Contra la Tortura: Manual de acción. Madrid, 2003, cap. 8. Disponible en http://web.amnesty.org/pages/stoptorture-manual-index-esl. (Véanse también las recomendaciones al final del presente informe.)

(102) Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, Domestic Violence against Women, Recomendación 1582. Adoptada el 27 de septiembre de 2002. Disponible en http://assembly.coe.int/Documents/AdoptedText/TA02/EREC1582.htm. Consultado el 9 de mayo de 2006.

(103) Kim J, Motsei M. "Women enjoy punishment": attitudes and experiences of gender-based violence among PHC nurses in rural South Africa. Social Science and Medicine 2002;54:1243-54.

(104) Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, Recomendación general Nº 24, párr. 15.b (disponible en http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/recommendations/recomm-sp.htm#recom24) y Plataforma de Acción de Beijing de 1995, párr. 103.h. Disponible en http://www.onu.org/documentos/conferencias/1995/beijing/20.pdf. Consultado el 3 de junio de 2005.

(105) Amnistía Internacional. A Global Outrage: Global and UK Statistics. Disponible en http://hardy.amnesty.org.uk/svaw/vaw/global.shtml (cita datos de 1997 del Real Colegio de Matronas).

(106) Organizaciones de derechos humanos han criticado las definiciones excesivamente restrictivas de la violación. Véase, por ejemplo, Submission to the Parliamentary Portfolio Committee on Justice and Constitutional Development, Parliament of South Africa, on the draft Criminal Law (Sexual Offences) Amendment Bill, 2003, from Amnesty International and Human Rights Watch. Londres y Nueva York, Índice AI: AFR 53/006/2003, 15 de septiembre de 2003. Disponible en http://web.amnesty.org/library/index/engafr530062003. Consultado el 13 de octubre de 2005.

(107) Corte Penal Internacional, Elementos de los Crímenes, doc. ONU: ICC-ASP/1/3, adoptado en septiembre de 2002; véanse también el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, adoptado el 17 de julio de 1998 (A/CONF.183/9); y ICC-ASP/1/3 (parte II-B), de 9 de septiembre de 2002, arts. 7 y 8; ambos documentos están disponibles en el sitio web de la Corte Penal Internacional http://www.icc-cpi.int/about/Official_Journal.html. Los Tribunales Penales Internacionales para la ex Yugoslavia y Ruanda también han dictado sentencias importantes sobre la violencia sexual. Véase, por ejemplo, la primera sentencia condenatoria del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia por el delito de violación como crimen de lesa humanidad. Judgement of Trial Chamber II in the Kunarac, Kovac and Vukovic Case ,La Haya, 22 de febrero de 2001, JL/P.I.S./566-e. Resumen disponible en http://www.un.org/icty/pressreal/p566-e.htm. Consultado el 12 de mayo de 2006.

(108) Morrison A, Ellsberg M, Bott S. Addressing Gender-based Violence in the Latin American and Caribbean Region: A Critical Review of Interventions. Policy Research Working Paper 3438, Banco Mundial, octubre de 2004, p. 28.

Disponible en http://www-wds.worldbank.org/external/

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(109) Vann B. Sexual violence in populations affected by armed conflict. WHO Health in Emergencies. Enero de 2005, Boletín núm. 20. Disponible en http://www.who.int/hac/network/newsletter/HiE_January_2005.pdf. Consultado el 5 de enero de 2006.

(110) Si se desea obtener un análisis de estas cuestiones y consultar abundante bibliografía, véase Roland M. HIV Post-Exposure Prophylaxis Following Non-Occupational Exposures. Background Paper for WHO Consultation, September 3 – 5, 2005. Disponible en

http://hivinsite.ucsf.edu/pdf/p01-kb-new/kbr-07-02-07-roland.pdf. Consultado el 11 de mayo de 2006.

(111) Olujic MB. Embodiment of terror: gendered violence in peacetime and wartime in Croatia and Bosnia-Herzegovina. Medical Anthropology Quarterly 1998;12(1):31-50.

(112) Amnistía Internacional. Sudán, Darfur: La violación como arma de guerra. Índice AI: AFR 54/076/2004.

(113) Véase el párr. 8.25 del Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (CIPD) celebrada en El Cairo en 1994.

(114) Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, Recomendación general Nº 24. El párr. 31.c dispone que «[e]n la medida de lo posible, debería enmendarse la legislación que castigue el aborto a fin de abolir las medidas punitivas impuestas a mujeres que se hayan sometido a abortos».

(115) Véase, por ejemplo, la Ley del Aborto del Reino Unido (1997).

(116) Miranda JJ, Yamin AE. Reproductive health without rights in Peru. Lancet 2004; 363: 68-69.

(117) Amnistía Internacional. Perú: La Comisión de la Verdad y Reconciliación – un primer paso hacia un país sin injusticias. Índice AI: AMR 46/003/2004.

(118) Barthélemy F. Peru: the scandal of forced sterilisation. Le Monde Diplomatique [Edición en lengua inglesa] Disponible en http://mondediplo.com/2004/05/08sterilisation. Consultado el 18 de febrero de 2005. Disponible en francés en http://www.monde-diplomatique.fr/2004/05/BARTHELEMY/11190.

(119) Ibíd.

(120) Ibíd.

(121) Comisión Interamericana de Derechos Humanos. María Mamérita Mestanza Chávez - Perú, Caso 12.191, Decisión sobre la admisibilidad, Informe Nº 66/00, 3 de octubre de 2000. Disponible en http://www.cidh.org/annualrep/2000sp/capituloiii/admisible/peru12.191.htm. Consultado el 13 de mayo de 2005; Solución amistosa, Informe Nº 71/03, 22 de octubre de 2003, http://www.cidh.org/annualrep/2003sp/Peru.12191.htm. Consultado el 9 de marzo de 2006.

(122) Cook RJ, Dickens BM, Fathalla MF. Reproductive Health and Human Rights: Integrating Medicine, Ethics and Law. Oxford: Oxford University Press, 2003, p. 173.

(123) Miranda JJ, Yamin AE. Reproductive health without rights in Peru. Lancet 2004; 363: 68-9.

(124) Eslovaquia formó parte del Estado unitario de Checoslovaquia bajo el gobierno comunista hasta 1989. El Estado no comunista que surgió en 1989 se dividió en la República Checa y la República Eslovaca en enero de 1993.

(125) Amnistía Internacional. Mujeres, violencia y salud. Londres, Índice AI: ACT 77/001/2005.

(126) Para un análisis de las prácticas de esterilización desde una perspectiva ética, jurídica, de salud y de los derechos humanos, véase Cook et al. (nota 123).

(127) Amnistía Internacional. Informe 2005: El estado de los derechos humanos en el mundo. Madrid: AI, 2005.

(128) Véase Amnistía Internacional Acciones Urgentes, ASA 17/037/2005 y actualizaciones, ASA 17/040/2005, ASA 17/005/2006. Véase también el informe de la Red de Defensores Chinos de los Derechos Humanos, disponible en http://crd-information.blogspot.com/2005/11/violence-in-enforcing-family-planning.html.

(129) Organización Mundial de la Salud. Informe mundial sobre la violencia y la salud. Ginebra: OMS 2002, p. 118. Disponible en http://www.who.int/violence_injury_prevention/violence/world_report/en/ (en seis idiomas, incluido el español). Consultado el 23 de mayo de 2006.

(130) Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA). United Nations Security Council Open Debate on Security Council Resolution 1325, Women, Peace and Security. Responding to the Needs of Victims of Gender-Based Violence. Declaración de Thoraya Ahmed Obaid, directora ejecutiva, UNFPA, 28 de octubre de 2004. Disponible en http://www.unfpa.org/news/news.cfm?ID=523&Language=1; Burke Draucker C. Domestic violence: the challenge for nursing. Online Journal of Issues in Nursing 2002;.7(1) Disponible en http://www.nursingworld.org/ojin/topic17/tpc17_1.htm.

(131) Las propias enfermeras pueden ser víctimas de violencia a manos de sus parejas. En Canadá, Lori Dupont murió a consecuencia de varias puñaladas estando de servicio en el hospital Hôtel-Dieu Grace de Windsor, Ontario, el 12 de noviembre de 2005. Su ex pareja, un médico que trabajaba en el mismo hospital, fue hallado inconsciente en su coche poco después del asesinato; se le imputó el asesinato de Lori Dupont, pero murió dos días después. (Milne C. The long road to prevention. Medical Post, 3 de febrero de 2006; http://www.medicalpost.com/mpcontent/article.jsp?content=20060202_192408_6080, consultado el 8 de febrero de 2006); una delegación de Amnistía Internacional visitó a una enfermera de Papúa Nueva Guinea que había sufrido lesiones cerebrales tras ser objeto de agresiones frecuentes y brutales de su pareja; ya no estaba capacitada para ejercer como enfermera. Véase Amnistía Internacional. Abuse of women endemic in Papua New Guinea. The Wire, febrero de 2006. Disponible en http://web.amnesty.org/wire/February2006/PNG.

(132) Rodríguez MA, McLoughlin E., Bauer HM, Paredes V, Grumbach K. Mandatory reporting of intimate partner violence to police: Views of physicians in California. American Journal of Public Health 1999; 89(4) 575-78.

(133) Taket A, Wathen CN, MacMillan H. Should health professionals screen all women for domestic violence? Plos Medicine 2004 October; 1(1): 4ª edición. Disponible en http://www.pubmedcentral.nih.gov/articlerender.fcgi?artid=523827. Consultado el 18 de octubre de 2005. Véase también Walton Moss BJ, Campbell JC. Intimate partner violence: implications for nursing. Online Journal of Issues in Nursing 2002; 7 (1). Disponible en http://www.nursingworld.org/ojin/topic17/tpc17_5.htm; y Campbell J. Intimate partner violence: Issues for the health care system. Women’s Health Issues 2001;11:381-5.

(134) El texto de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer está disponible en http://www.unhchr.ch/spanish/html/menu3/b/e1cedaw_sp.htm.

(135) Cook R, Maine D. Spousal veto over family planning services. American Journal of Public Health 1987;77:339-44.

(136) La diferencia entre migración y trata de personas ha quedado bien plasmada en un informe elaborado por la organización Asia Foundation: «Mientras que la trata de personas implica migración, no toda migración es trata. Muchas mujeres deciden emigrar voluntariamente. Si la migración no va acompañada de coacción o engaño y no desemboca en trabajo forzado o en condiciones análogas a la esclavitud, no es trata». Asia Foundation, Population Council. Prevention of Trafficking and the Care and Support of Trafficked Persons in the Context of an Emerging HIV/AIDS Epidemic in Nepal. Asia Foundation, 2001. Disponible en http://www.asiafoundation.org/pdf/NepalTrafficking.pdf.

(137) Protocolo de Palermo [Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de la ONU contra la Delincuencia Organizada Transnacional], (art.3).

Disponible en http://www.uncjin.org/Documents/Conventions/dcatoc

/final_documents_2/convention_%20traff_spa.pdf.

Consultado el 18 de mayo de 2006.

(138) OIT. Una alianza global contra el trabajo forzoso. Informe global con arreglo al seguimiento de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Ginebra: OIT, 2005. Disponible en

http://www.ilo.org/dyn/declaris/DECLARATIONWEB.DOWNLOA

D_BLOB?Var_DocumentID=5061.

Consultado el 5 de enero de 2006.

(139) En un informe de Amnistía Internacional se citan las palabras de una mujer que entró en Kosovo mediante trata a sabiendas de que trabajaría en la industria del sexo: «pero esto no es lo que me esperaba; yo pensaba que me pagarían [...] que podría elegir a mis clientes. Esto no es prostitución ». Véase Amnistía Internacional. Kosovo (Serbia y Montenegro): «¿Significa eso que tengo derechos?» – Proteger los derechos humanos de las mujeres y niñas objeto de trata para la prostitución forzada en Kosovo. Índice AI: EUR 70/010/2004. Disponible en http://web.amnesty.org/library/index/eslEUR700102004?open&of=esl-YUG .

(140) Zimmerman C, Watts C. WHO Ethical and Safety Recommendations for Interviewing Trafficked Women. Escuela Londinense de Higiene y Medicina Tropical, 2003. Disponible en http://www.oscebih.org/documents/1372-eng.pdf. Consultado el 19 de abril de 2005.

(141) Véanse también los 11 principios articulados en los Principios y Directrices recomendados sobre los derechos humanos y la trata de personas. Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos al Consejo Económico y Social. Doc. ONU: E/2002/68/Add.1, disponible en http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/4045.pdf.

(142) El Convenio está disponible en http://www.coe.int/T/E/human_rights/trafficking/PDF_Conv_197_Trafficking_E.pdf.

(143) Véase la hoja informativa de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre la mutilación genital femenina, disponible en http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs241/en/. Consultado el 18 de mazo de 2006.

(144) Amnistía Internacional. Mujeres, violencia y salud. Índice AI: ACT 77/001/2005, 18 de febrero de 2005.

(145) Cook RJ, Dickens BM, Fathalla MF. Female genital cutting (mutilation/circumcision): ethical and legal dimensions. International Journal of Gynaecology and Obstetrics 2002; 79:281-7.

(146) Cook RJ, Dickens BM, Falhalla MF. Reproductive Health and Human Rights: Integrating Medicine, Ethics and Law. Oxford: Clarendon Press 2003; Amnistía Internacional. Mujeres, violencia y salud. Índice AI: ACT 77/001/2005. Disponible en http://web.amnesty.org/library/index/eslact770012005.

(147) En Estados Unidos, en el caso Kasinga (1996), que marcó un hito en este ámbito, el tribunal competente decidió que «la mutilación genital femenina, que entraña una desfiguración permanente y riesgo de sufrir complicaciones graves susceptibles de poner en peligro la vida, puede aducirse para denunciar persecución». Aunque en la apelación de este caso se otorgó el derecho de asilo a la solicitante y se abrió la puerta a otras posibles solicitudes basadas en la mutilación genital femenina, no se determinó que este abuso constituyese un motivo específico para la concesión de asilo. Véase Amnistía Internacional Estados Unidos. Derechos Humanos de la Mujer. Disponible en http://www.amnestyusa.org/women/asylum/. Consultado el 18 de octubre de 2005.

(148) Thierfelder C, Tanner M, Bodiang CMK. Female genital mutilation in the context of migration: experience of African women with the Swiss health care system. European Journal of Public Health 2005; 15:86-90.

(149) Organización Mundial de la Salud. El material está disponible en http://www.who.int/reproductive-health/pages_resources/listing_fgm.en.html, e incluye el documento Female genital mutilation –The prevention and the management of health complications: Policy guidelines for nurses and midwives. Ginebra: OMS, 2001.

Disponible en http://www.who.int/reproductive-health/publications/rhr_01_18_fgm_policy_guidelines/

(150) Cook RJ, Dickens BM, Fathalla MF. Reproductive Health and Human Rights: Integrating Medicine, Ethics and Law. Oxford: Clarendon Press 2003.

(151) Chege JN, Askew I, Liku J. An assessment of the alternative rites approach for encouraging abandonment of female genital mutilation in Kenya. Washington, DC: Population Council, 2001, p. 14. Disponible en http://www.popcouncil.org/pdfs/frontiers/FR_FinalReports/Kenya_FGC.pdf. Consultado el 22 de octubre de 2005. Véase también Njue C, Askew I. Medicalization of female genital cutting among the Abagusii in Nyanza Province, Kenya. Washington, DC: Population Council, 2004. Disponible en

http://www.popcouncil.org/pdfs/frontiers/FR_FinalReports/Kenya_FGC_Med.pdf.

(152) CIE. Eliminación de la mutilación genital femenina. Disponible en http://www.icn.ch/psgenitalsp.htm.

(153) Véase Chege et al., nota 151.

(154) Cláusulas 3.d y 3.g, Asamblea General, A/RES/56/128, 30 de enero de 2002. Disponible en http://www.unhchr.ch/Huridocda/Huridoca.nsf/0

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Consultado el 9 de mayo de 2006.

(155) Frank MW, Bauer HM, Arican N, Financi SK, Iacopino V. Virginity examinations in Turkey: role of forensic physicians in controlling female sexuality. Journal of the American Medical Association 1999; 282(5): 485-90. ‘Virginity testing leaves medical experts uneasy’, Sunday Times, 3 de diciembre de 2004. Disponible en http://www.suntimes.co.za/zones/sundaytimesNEW/newsst/newsst1102067035.aspx.

(156) En algunas jurisdicciones, se ha alegado que las «pruebas de virginidad» son esenciales para determinar si se han cometido abusos sexuales. Dado los limitados objetivos de estas «pruebas», tal enfoque de la investigación forense de una presunta agresión sexual es inadecuado y la «prueba» no debe equipararse al debido examen forense.

(157) Scorgie F. Virginity testing and the politics of responsibility: implications for AIDS intervention. African Studies 2002, 61: 55-75.

(158) Gûrsoy E, Vural G. Nurses’ and midwives’ views on approaches to hymen examination. Nursing Ethics 2003; 10: 485-96.

(159) Citado en Amnistía Internacional. Turquía: Las mujeres frente a la violencia en el ámbito familiar. Londres, 2004. Disponible en http://web.amnesty.org/library/index/eslEUR440132004?open&of=esl-TUR. Consultado el 12 de mayo de 2006.

(160) Informe preliminar presentado por el Relator Especial sobre la violencia contra la mujer, con inclusión de sus causas y consecuencias, Sra. Radhika Coomaraswamy, de conformidad con la Resolución 1994/45 de la Comisión de Derechos Humanos, E/CN.4/1995/42, de 22 de noviembre de 1994; Informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias, Sra. Radhika Coomaraswamy, presentado de conformidad con la Resolución 2001/49 de la Comisión de Derechos Humanos. Prácticas culturales dentro de la familia que entrañan violencia contra la mujer. E/CN.4/2002/83, de 31 de enero de 2002; E /CN.4/2003/75/Add.1. International, regional and national developments in the area of violence against women 1994-2003, E/CN.4/2003/75/Add.1.

(161) Human Rights Watch. Honoring the killers: Justice denied for ‘honor’ crimes in Jordan. Nueva York: Human Rights Watch, abril de 2004; 16:1(E).

(162) Amnistía Internacional. Mujeres, violencia y salud. Londres, Índice AI: ACT 77/001/2005.

(163) Ergin N, Bilgel N. A survey to establish the situation re violence against women in central Bursa. Journal of Nursing, Turkish Nursing Association, 2001, 51: 10. Citado en Turquía: Las mujeres frente a la violencia en el ámbito familiar. Véase la nota 159.

(164) Turquía: Las mujeres frente a la violencia en el ámbito familiar. Véase la nota 159.

(165) UNICEF. Matrimonios prematuros. Digest Innocenti, Núm. 7, marzo de 2001, Centro de Investigaciones Innocenti, UNICEF, Florencia, Italia.

(166) Senderowitz J. Adolescent Health: Reassessing the Passage to Adulthood. Documento de debate núm. 272 del Banco Mundial. Washington DC: Banco Mundial.

(167) Amnistía Internacional. Memorandum to the Government of Swaziland on the Sexual Offences and Domestic Violence Bill, 2005. Índice AI: AFR 55/003/2006.

(168) Tanto la Asociación Estadounidense para el Progreso de la Ciencia (http://www.aaas.org/) como Physicians for Human Rights (http://www.phrusa/research/forensics/index.html) han realizado un trabajo innovador sobre la aplicación de la medicina forense a la documentación en materia de derechos humanos. Véanse también Amnistía Internacional. Medicina forense y ética: Taller sobre la aplicación de las técnicas de la medicina forense a la detección y documentación de las violaciones de derechos humanos. Durban, Sudáfrica,del 3 al 5 de julio de 1998. Informe final. Índice AI: ACT 75/012/1999; Amnistía Internacional. Protecting the human rights of women and girls. A medico-legal workshop on the care, treatment and forensic medical examination of rape survivors in Southern and East Africa, Durban, 2002; McQuoid-Mason D, Pillemer B, Friedman C, Dada M. Crimes against women and children. Universidad de Dundee y Unidad Médico-Legal Independiente, 2002. Disponible en

http://www.dundee.ac.uk/forensicmedicine

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(169) Sexual assault nurse examiner education guidelines. Pitman NJ: Asociación Internacional de Enfermería Forense, 1997. Véase también A National Protocol for Sexual Assault Medical Forensic Examinations: Adults/Adolescents. Washington DC: Estados Unidos. Departamento de Justicia, Oficina sobre Violencia Contra la Mujer, septiembre de 2004. Disponible en http://www.ncjrs.org/pdffiles1/ovw/206554.pdf. Consultado el 12 de octubre de 2005.

(170) Campbell R, Patterson D, Lichty LF. The effectiveness of sexual assault nurse examiner (SANE) programs: a review of psychological, medical, legal, and community outcomes. Trauma Violence and Abuse 2005; 6(4):313-29.

(171) Organización Mundial de la Salud. Guidelines for Medico-legal Care for Victims of Sexual Violence. Ginebra: OMS, 2004;

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/resources/publications/med_leg_guidelines/en/.

Consultado el 12 de octubre de 2005.

(172) La Carta Internacional de Derechos Humanos engloba la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y sus dos Protocolos Facultativos. Disponible en http://www.unhchr.ch/spanish/html/intlinst_sp.htm. Consultado el 14 de mayo de 2006.

(173) Adoptadas en el Primer Congreso de la ONU sobre la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Ginebra en 1955, y aprobadas por el Consejo Económico y Social en sus resoluciones 663 C (XXIV) de 31 de julio de 1957 y 2076 (LXII) de 13 de mayo de 1977. Disponible en http://www.unhchr.ch/spanish/html/menu3/b/h_comp34_sp.htm.

(174) Asamblea General, Resolución 43/173, anexo, 43 U.N. GAOR Supp. (No. 49) en 298, doc. ONU: A/43/49 (1988). Disponible en http://www.unhchr.ch/spanish/html/menu3/b/h_comp36_sp.htm. Consultado el 13 de mayo de 2006.

(175) Physicians for Human Rights, Universidad de Ciudad del Cabo. Dual Loyalty and Human Rights in Health Professional Practice: Proposed Guidelines and Institutional Mechanisms. Boston: PHR, 2003. Disponible en http://www.phrusa.org/healthrights/dual_loyalty.html. Consultado el 30 de marzo de 2006.

(176) Asociación Médica Británica. Healthcare of detainees in police stations. Segunda edición. Londres: BMA, 2004. Disponible en http://www.bma.org.uk/ap.nsf/AttachmentsByTitle/PDFDetainees/$FILE/Detainees.pdf.

Consultado el 9 de enero de 2006.

Éste sigue siendo un aspecto controvertido de la medicina forense. En la recomendación núm. R (98)7 del Comité de Ministros del Consejo de Europa a los Estados miembros, relativa a los aspectos éticos y organizativos de la asistencia médica en las prisiones, de 1998, se recomendaba que el personal médico no realizara exámenes íntimos si no había razones médicas para hacerlos. La delegación danesa formuló una reserva en la que se afirmaba que el personal no médico no debe efectuar tales exámenes, sino que deben efectuarlos sólo miembros del personal médico con el consentimiento de la persona detenida. Véase el análisis en el Documento de Trabajo del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura, Physicians Acting At The Authorities' Request For Non-Medical Purposes, septiembre de 2001.

Disponible en http://www.cpt.coe.int/EN/working-documents/cpt-2001-65-eng.pdf.

(177) El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha afirmado que las personas «sometidas a registro corporal por funcionarios del Estado o por personal médico que actúe a instancias del Estado serán examinadas sólo por personas de su mismo sexo». Observación general Nº 16 del Comité de Derechos Humanos, párr. 8. En el art. 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos al que refiere la Observación general Nº 16 se menciona el derecho a la intimidad y a la protección de la honra y reputación.

(178)  Coyle A. La administración penitenciaria en el contexto de los derechos humanos. Londres: Centro Internacional de Estudios Penitenciarios. Disponible en http://www.kcl.ac.uk/depsta/rel/icps/spanish_handbook.pdf.

(179) Amnistía Internacional. Kenya: Detention, torture and health professionals. Londres, Índice AI: AFR 32/001/1997. Disponible en http://web.amnesty.org/library/Index/ENGAFR320011997. Consultado el 27 de junio de 2005.

(180) Physicians for Human Rights. Talleres de Defensa. Nairobi y Eldoret, julio de 2005.

(181) Una medida para garantizar este principio consiste en hacer que la salud en las cárceles forme parte del programa nacional de salud. En virtud de una ley de enero de 1994, las autoridades francesas transfirieron la responsabilidad de la asistencia médica en las cárceles, del Ministerio de Justicia al sector público hospitalario. El objetivo de esta transferencia era cumplir el requisito de facilitar a los presos el mismo nivel de salud que el disponible para la población en general. Como primera medida se dio de alta a todos los presos y presas de forma automática en el sistema de la seguridad social, de la asistencia médica general y del seguro de maternidad. (Véase Coyle A. op. cit. p. 52).

(182) ONU. Principios Básicos para el Tratamiento de los Reclusos. Adoptados y proclamados por la Asamblea General en su Resolución 45/111, de 14 de diciembre de 1990. Disponible en http://www.unhchr.ch/spanish/html/menu3/b/h_comp35_sp.htm. Consultado el 12 de octubre de 2005.

(183) CIE. La función de la enfermera en los cuidados a los prisioneros y detenidos. Ginebra: CIE, 1998.

(184) AI Estados Unido